Cánticos Populares
Fecha de Publicación:
Estatización de las AFJP
Libro Cánticos Populares de Roberto Bongiorno - Editorial Biblioteca Nacional - 2015
Estatización de las AFJP

A fines de 2008 el Gobierno Nacional envió al Congreso para su tratamiento, un proyecto de ley que ponía fin al régimen de jubilaciones y pensiones en manos de las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones (AFJP). El argumento oficial para decidir el fin del sistema, fue la presunta ineficiencia del mismo, las abusivas comisiones cobradas por las administradoras y las pérdidas de fondos en que habrían incurrido durante años por malas inversiones; todo ello redundaría en contra del beneficiario.

El anuncio fue aplaudido por sectores políticos afines al gobierno, por sindicatos, partidos y organizaciones favorables a la estatización. Lo enfrentó toda la oposición política: desde la izquierdista Corriente Clasista y Combativa (CCC) hasta los liberales de todos los matices, pasando por radicales, peronistas disidentes, Coalición Cívica (CC) y entidades intermedias. Estos sectores tan dispares, estaban unidos en un solo deseo: evitar que el sistema vuelva al control estatal.

“Quieren la caja”, fue la frase más gráfica escuchada por esos días.

Para manifestar su desagrado y presionar a los legisladores, el 5 de noviembre de 2008, día en que el proyecto ingresaba al tratamiento parlamentario, convocaron un acto frente al Congreso con la expectativa de reeditar aquellas multitudinarias concentraciones de los días del conflicto con las instituciones rurales. La jornada comenzó con incidentes entre manifestantes opositores y oficialistas que concurrían a apoyar el proyecto. Promediando el acto, fue posible identificar entre la variedad de siglas a dirigentes y personalidades de distinta extracción política mezclados con empleados de las AFJP y ruralistas entre los que descollaron Alfredo De Angeli (Federación Agraria Argentina), quien cerró el encuentro, Luciano Miguens de la Sociedad Rural Argentina (SRA), Mario Llambías, Confederaciones Rurales Argentinas (CRA), la ex conductora televisiva (PRO) Pinky, el cómico Nito Artasa (UCR), Juan Carlos Blumberg. Y otros.

Fue notoria la ausencia de primeras líneas como Elisa Carrió (CC), Mauricio Macri (PRO) y Gerardo Morales (UCR). Comenzó haciendo uso de la palabra el rabino Sergio Bergman, quien cuestionó duramente al gobierno nacional y extendió sus críticas a los gobiernos de Venezuela, Ecuador y Bolivia. Enfervorizados escuchas, replicaron:

“Se va a acabar,
se va acabar,
la dictadura de los K.”

Sobre el cierre, un grupo reclamó la presencia del líder de los “autoconvocados” entrerrianos:

“Alfredo…Alfredo…”

Fue el amague de cántico. De Angeli cerró su exposición con una frase contundente:

¡“Minga que nos van a poner de rodillas!”

Poco antes, en un episodio confuso tres productores rurales fueron detenidos por la policía. Como respuesta, el dirigente ruralista ordenó a sus seguidores cortas las rutas hasta que  fueran liberados sus compañeros. Los primeros cortes se registraron en Pergamino y Coronel Pringles, dos distritos bonaerenses controlados por correligionarios del vicepresidente Cobos.

Terminada la arenga de De Angeli, finalizó el acto. El proyecto de recuperar las jubilaciones para un sistema único de reparto, tuvo tratamiento favorable.
Libro Cánticos Populares de Roberto Bongiorno – Editorial Biblioteca Nacional – 2015

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SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO

Ley 26.425

Régimen Previsional Público. Unificación.
Sancionada: Noviembre 20 de 2008.
Promulgada: Diciembre 4 de 2008.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

TITULO I
Sistema Integrado Previsional Argentino

CAPITULO I
Unificación

ARTICULO 1º — Dispónese la unificación del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones en un único régimen previsional público que se denominará Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), financiado a través de un sistema solidario de reparto, garantizando a los afiliados y beneficiarios del régimen de capitalización vigente hasta la fecha idéntica cobertura y tratamiento que la brindada por el régimen previsional público, en cumplimiento del mandato previsto por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional.

En consecuencia, elimínase el actual régimen de capitalización, que será absorbido y sustituido por el régimen de reparto, en las condiciones de la presente ley.

ARTICULO 2º — El Estado nacional garantiza a los afiliados y beneficiarios del régimen de capitalización la percepción de iguales o mejores prestaciones y beneficios que los que gozan a la fecha de la entrada en vigencia de la presente ley.

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