Miren al Pajarito
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Cromañón: el Mismo Dolor
Fotos de Tomás Escobar – Su Trabajo Homenaje y Memoria de Cromañón
Cromañón: el Mismo Dolor

Los Cro-Magnos fueron los primeros seres humanos modernos que ocuparon buena parte de Europa en el Paleolítico superior, hace 40000 años, al mismo tiempo que los Neandertales fueron desaparecieron.

Cromañón en el barrio de Once volvió a poner al género humano como hace miles de años atrás. Primitiva fue la organización, la justicia y primitiva la respuesta política.

Los antiguos habitantes vivían en cuevas precarias que hacían de hogar. En Once cientos de jóvenes luchaban para escapar de esa cueva de horror llena de humo oscuro, como la misma noche del 30 de diciembre de 2004.

Un recital de Callejeros para despedir el año fue la excusa para juntar a su público fiel y pasar una noche de fiesta.

Era sabido que los seguidores de la banda se caracterizaban por usar bengalas en cada concierto, hubo advertencias desde el escenario y un antecedente en la noche anterior, pero todo esto no importó. Como en toda tragedia no existe solo un hecho, son una cadena de sucesos que provocaron la mayor tragedia en nuestro país.

Hasta ahora no se conoce quien fue el que tiró al techo el conocido fuego de artificio llamado tres tiros, que fue el detonante de la tragedia. El incendio se inició alrededor de las 22.30, cuando Callejeros interpretaba el tercer tema del show. Se sabe que había al menos 3 mil personas y hay varios indicios de que el boliche estaba ocupado por encima de su capacidad. El humo que se expandió por todo el local hizo irrespirable el ambiente y generó pánico en el público, que empezó a correr con desesperación, causando una estampida. Aparentemente, el lugar tenía menos salidas de emergencia abiertas que lo requerido y el público, desesperadamente, abrió por la fuerza el resto de las puertas. Varios de los espectadores que lograron ponerse a salvo, terminaron en un estacionamiento ubicado detrás del local.

El saldo fue de 194 muertos y más de 700 heridos. La mayoría de las muertes se produjo por los problemas respiratorios severos que causó la inhalación de monóxido de carbono.

Callejeros era una banda de rock and roll del barrio de Villa Celina de una estructura musical simple, bien rolinga. Muchos, antes de escucharlos, lo leyeren en los grafitis en baños, colectivos y paredes. Sus seguidores lo transformaron en una banda de culto del conurbano.

Con el tiempo fueron creciendo musicalmente y encontrando su sonido característico, con la voz del  líder de la banda  y cantante Pato Fontanet.

Cuando comienzan a caer las primeras bolas de fuego, la banda dejó de tocar, se apagaron los sonidos desde el escenario y se comenzó a escuchar gritos desesperados.

Todo lo que tenía que salir mal, salió. Puertas de salida de emergencia cerrada con candados, una media sombra, extremadamente inflamable, en el techo. No había señalización para encontrar la puerta de salida, por la requisa pasaron bengalas, banderas y los fatídicos tres tiros. Habilitación trucha, coimas, exceso de entradas vendidas, superando ampliamente la capacidad de Cromañón.

En Abril de 2016, finalmente la Corte Suprema de Justicia de la Nación intervino por última vez en la causa y luego de ordenar una amplia revisión de las sentencias dictadas por la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal – efectuada por la sala IV del mismo Cuerpo – resolvió declarar inadmisibles los recursos extraordinarios deducidos por las defensas de los integrantes de la banda «Callejeros» y de ex funcionarios del Gobierno de la ciudad de Buenos Aires involucrados en la causa.

Con esta decisión, quedan firme las condenas a sobre Patricio Santos Fontanet (7 años de prisión), Christian Eleazar Torrejón (5 años ), Daniel Horacio Cardell (5 años), Maximiliano Djerfy (3 años ), Juan Alberto Carbone (5 años ), Elio Rodrigo Delgado (5 años) y Eduardo Juan Vázquez (6 años) – integrantes de Callejeros -, de su manager, Raúl Villarreal (6 años) y de los funcionarios Fabiana Fizbin (4 años), Gustavo Torres (3 años y 9 meses) y Ana María Fernández( 2 años y 10 meses).

Luego de una amplia instrucción, el Tribunal Oral en lo Criminal n° 24 absolvió a Callejeros y al manager aplicó penas que fueron de dos años de efectivo cumplimiento a los funcionarios involucrados. La sentencia se recurrió a la Cámara Federal de Casación Penal, donde la Sala III revocó el pronunciamiento y condenó a Callejeros y elevó las condenas de los funcionarios.

Debido a esa circunstancia, las defensas recurrieron a la Corte Suprema, que en el año 2014, por aplicación del principio del «doble conforme» relativo a la necesidad de que un Tribunal realice una amplia revisión de la primera condena – dado que las penas fueron impuestas por la Alzada – ordenó el sorteo de otra Sala de la Casación Federal para que revise el pronunciamiento.

Ello ocurrió en septiembre de 2015, donde la Sala IV de la Cámara, compuesta por los jueces Juan Carlos Gemignani, Gustavo M. Hornos y Pedro R. David, confirmó las condenas impuestas, al tener por probado que «los factores de riesgo que coadyuvaron al rápido desenlace de esta tragedia tenían directa vinculación con la esfera organizativa del conjunto Callejeros, y cada uno de sus integrantes desde su rol de músicos a quienes el público fue a ver tocar esa noche, tenía la obligación de evitar los riesgos que materializaron los gravísimos resultados letales».

Para llegar a esa conclusión, los magistrados ponderaron circunstancias como la sobreventa de entradas (en franco exceso a la capacidad del lugar), el ingreso y utilización de pirotecnia, el material combustible que contenía el cielorraso (mediasombra) y el bloqueo de las salidas de emergencia.

Según el fallo de Casación, «los integrantes de Callejeros, al arribar al escenario y observar las marcadas irregularidades y elementos de riesgo antedichos, debieron apartarse de esa situación, cosa que no hicieron razón por la cual deberán responder por ello».

Respecto de la responsabilidad de los funcionarios, el fallo declara que le correspondía «en primer lugar a Fabiana Fiszbin el ejercicio del control y el poder de policía en habilitaciones y seguridad; así como también a Gustavo Torres –y a Ana María Fernández como su co-directora- les competía la tarea de asistencia en esos temas, ejercicio del poder de policía en materia de habilitaciones y permisos que se refieran a establecimientos, así como también debían confeccionar e instrumentar órdenes de inspección, realizar intimaciones y practicar y ratificar clausuras inmediatas y preventiva».

Pero esta justicia primitiva, de idas y vueltas, aún no ha terminado. Decenas de familiares de los 194 y otros tantos de los heridos, siguen caminando tribunales tras una indemnización material que a más de 16 años no tienen respuestas.

Lo extraño que penalmente, al antiguo Jefe de Gobierno, Aníbal Ibarra, no se le adjudicó responsabilidad en los hechos de Cromañón, pero sí le cayó un juicio político que lo destituyó del cargo.

Primero lo suspendieron (14/11/05) y el vicejefe de gobierno, Jorge Telerman, se hizo cargo. Pero para llegar a este resultado, la legislatura debía contar con dos tercios del cuerpo para apartar provisoriamente del cargo a Ibarra. Luego de varias marchas y contra marchas, el cuerpo completó los treintas votos necesario para tal fin, desde un comienzo la oposición logro contar con 29 manos y finalmente con el voto decisivo del kirchnerista Chango Farías Gómez, la Sala Acusadora de la Legislatura aprobó el juicio al Jefe de Gobierno.

Entre los que votaron a favor estaban: Santiago de Estrada, Marcelo Godoy, Gabriela Michetti,  Marcos Peña, María Soledad Acuña, Diego Santilli, Jorge Enríquez, Juan Carlos Lynch, Eduardo Lorenzo Borocotó, María Eugenia Estenssoro y Noemí Oliveto.

Según los legisladores, una serie de deficiencias en las políticas instrumentadas por Ibarra permitió que la disco de Once, que funcionaba irregularmente, estuviera abierta la noche del 30 de diciembre pasado y fuera escenario del incendio provocado por un disparo de bengalas, entre un público que excedía dos veces la capacidad del local.

Finalmente, en los primeros días de marzo de 2006, tal como ordena la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se conformó la Sala Acusatoria, integrada por 15 Legisladores y presidida por el Presidente del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad, además actuaron a modo de Fiscales tres diputados miembros de la Sala acusadora y elegidos por sus pares. Estos fueron Jorge San Martino, Jorge Enríquez y Rubén Devoto. La defensa del suspendido Jefe de Gobierno se encontraba a cargo de los abogados Julio Golodny, Fernando Castejón y el ex fiscal del Juicio a las Juntas militares Julio César Strassera.

Por la destitución se pronunciaron diez legisladores, mientras que cuatro lo hicieron a favor de Ibarra y una abstención.

Esta es sólo una cronología y un recuerdo a las víctimas de la mayor tragedia no natural en la historia de nuestro país.

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