Reformar la 22.431 es urgente, pero también lo es transformar el imaginario colectivo, las prácticas institucionales y los dispositivos de poder que aún se rigen por la lógica de la beneficencia. Porque garantizar derechos no es caridad, es justicia.
Dra. Marcela Augier*
La Ley que Excluye
A más de cuatro décadas de su sanción, la Ley 22.431 —columna vertebral del régimen legal sobre discapacidad en Argentina— se encuentra desactualizada, desarticulada y lejos de responder a los estándares del siglo XXI. Sancionada en 1981, en plena dictadura, bajo una concepción médica y tutelar, la norma sigue rigiendo hoy sin perspectiva de género, sin enfoque de derechos humanos, ni mecanismos sancionadores eficaces ante los incumplimientos.
En mi tesis doctoral propongo una reforma profunda, basada en el Modelo Social de la Discapacidad y en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (Ley 26.378), que incorpore mecanismos sancionatorios reales, reconozca derechos sexuales y reproductivos, y garantice accesibilidad efectiva en salud, educación, trabajo y justicia.
La falta de estadísticas actualizadas, la desfinanciación crónica y la derogación de herramientas legales clave como el art. 24 de la Ley 26.682 mediante el DNU 70/23, consolidan un escenario de discriminación estructural. Mientras tanto, millones de personas —especialmente mujeres, personas no binarias y diversidades— ven vulnerados derechos básicos, con escaso acceso a reclamo judicial por razones económicas, geográficas y culturales.
España y otros países avanzan en la consolidación de políticas públicas basadas en la participación activa de la sociedad civil. En Argentina, en cambio, el Estado se mantiene ausente o reactivo. El resultado es una población invisibilizada y excluida, a la que aún se le exige demostrar su «reparabilidad» para acceder a derechos.
Reformar la 22.431 es urgente, pero también lo es transformar el imaginario colectivo, las prácticas institucionales y los dispositivos de poder que aún se rigen por la lógica de la beneficencia. Porque garantizar derechos no es caridad, es justicia.
*Abogada – Especialista en Discapacidad y Derechos Humanos
Doctoranda en Universidad Favaloro