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Humanizar el abordaje del dolor no constituye un acto de compasión sino una obligación científica, ética y jurídica. Comprender el dolor implica reconocer la dignidad de quienes conviven diariamente con una enfermedad muchas veces invisible.

Cuando el Dolor Deja de Ser un Síntoma
Durante décadas la medicina consideró al dolor únicamente como un síntoma de otra enfermedad. Hoy esa concepción ha cambiado radicalmente.
La Asociación Internacional para el Estudio del Dolor (IASP) define al dolor como una experiencia sensorial y emocional desagradable asociada o similar a la asociada con un daño tisular real o potencial. La Organización Mundial de la Salud incorporó esta visión al adoptar en la CIE‑11 una clasificación específica del dolor crónico, reconociendo que en numerosos casos constituye una enfermedad en sí misma.
Se considera dolor crónico al que persiste o recurre durante más de tres meses y genera sufrimiento emocional, limitaciones funcionales o ambas.
Mucho más que una Lesión
El dolor crónico responde a un modelo biopsicosocial donde interactúan factores biológicos, neurológicos, psicológicos, sociales, familiares, laborales y económicos. La evidencia demuestra que dos personas con la misma lesión pueden experimentar niveles completamente diferentes de dolor y discapacidad.

La Psiquis de Quien Vive con Dolor
El dolor persistente modifica el funcionamiento cerebral, altera la memoria, disminuye la concentración, afecta el sueño y genera un estado constante de alerta. Con frecuencia aparecen ansiedad, depresión, frustración, irritabilidad, miedo al movimiento, pérdida de autoestima, aislamiento social y desesperanza. No se trata de debilidad emocional sino de una consecuencia neurobiológica del dolor persistente.
La Familia También Enferma
El dolor crónico transforma la dinámica familiar. Hijos, parejas y cuidadores asumen nuevas responsabilidades, aumenta el agotamiento físico y emocional y aparecen dificultades económicas y sociales. El aislamiento y la incomprensión agravan el sufrimiento.
El Estigma del Dolor Invisible
Muchos pacientes enfrentan descrédito social y escuchan frases que minimizan su padecimiento. La neurociencia demuestra que el dolor puede existir aunque no exista una lesión visible en los estudios complementarios.
El Derecho También Debe Evolucionar
Desde la perspectiva jurídica, la protección del dolor crónico encuentra fundamento en la Constitución Nacional Argentina (arts. 14 bis y 75 incs. 22 y 23), la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (Leyes 26.378 y 27.044), el PIDESC (art. 12), la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Ley 26.529, la Ley 24.901, la Ley 22.431 y la Ley 26.657 de Salud Mental.
Una Deuda Pendiente
Humanizar el abordaje del dolor no constituye un acto de compasión sino una obligación científica, ética y jurídica. Comprender el dolor implica reconocer la dignidad de quienes conviven diariamente con una enfermedad muchas veces invisible.
Referencias (APA 7.ª Edición)
● International Association for the Study of Pain. (2020). IASP terminology.
● International Association for the Study of Pain. (2021). Definitions of Chronic Pain Syndromes (ICD‑11).
● Organización Mundial de la Salud. (2019). Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE‑11).
● Treede, R. D., et al. (2019). The IASP classification of chronic pain for ICD‑11: Chronic primary pain. Pain, 160(1), 28‑37.
● Barke, A., Korwisi, B., Rief, W., & Treede, R. D. (2023). Chronic Pain in the ICD‑11. Clinical Psychology in Europe.
Por Marcela Noemí Augier
Abogada.
Doctoranda en Discapacidad.
Especialista en Derecho de la Discapacidad y Derechos Humanos.
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