El Hospital Garrahan es mucho más que un edificio sanitario: es el símbolo de una política pública que alguna vez supo garantizar a miles de niños, niñas y adolescentes con enfermedades complejas el derecho a la vida, al tratamiento digno y a la esperanza.
Por Dra. Marcela Augier
El Garrahan Resiste: Cuando el Recorte se Convierte en Genocidio por Omisión
El Hospital Garrahan es mucho más que un edificio sanitario: es el símbolo de una política pública que alguna vez supo garantizar a miles de niños, niñas y adolescentes con enfermedades complejas el derecho a la vida, al tratamiento digno y a la esperanza.
Hoy, lo que atraviesa ese hospital es una tragedia institucional, producto directo de un Estado que abandona.
Desde hace meses, sus trabajadores denuncian falta de insumos, salarios de miseria, cierres de servicios, y un vaciamiento presupuestario progresivo que no responde a la casualidad, sino a una decisión de política pública: ajustar sobre los cuerpos más vulnerables. En palabras crudas: sobre las infancias, sobre las personas con discapacidad, sobre los pobres.
Con profundo dolor y desde una conciencia ética irrenunciable, afirmo que las políticas que el presidente Javier Milei aplica sobre el Garrahan, su personal y sus usuarios constituyen una forma contemporánea de genocidio por omisión estatal, por negligencia deliberada, por abandono sistemático.
No es un exceso retórico: es una denuncia fundada en el marco jurídico nacional e internacional. Argentina es parte de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (ONU, 2006, Ley 26.378), que obliga al Estado a asegurar la accesibilidad, la salud integral y los ajustes razonables. También está vigente la Convención Interamericana sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad (OEA, 1999) y el art. 75 inc. 23 de la Constitución Nacional, que exige acciones positivas para la igualdad real.
El vaciamiento del Garrahan es inconstitucional. Pero es también inmoral. En 2025, el presupuesto de salud pública fue prácticamente congelado mientras se dolarizaban medicamentos, se despedía personal esencial y se despreciaban las necesidades vitales de millones. La consecuencia está a la vista: hay personas que mueren por falta de medicación, niños que no acceden a cirugías a tiempo, y profesionales agotados que sostienen con heroísmo lo que el Estado decidió abandonar.
Como sostiene la doctrina contemporánea (Abramovich & Pautassi, 2013), el rol del Poder Judicial es esencial frente a estas vulneraciones estructurales. Debe actuar de manera urgente y eficaz, protegiendo el derecho colectivo a la salud. Porque el ajuste no puede ser excusa para incumplir derechos humanos, y mucho menos, para exterminar por la vía de la desidia.
Las calles lo saben. El Garrahan resiste. Sus trabajadoras, sus residentes, las madres y padres que acompañan a sus hijos en tratamientos oncológicos o de alta complejidad no piden privilegios: exigen justicia. Y exigen vida.
Referencias:
Abramovich, V., & Pautassi, L. (2013). Judicial activism in the Argentine health system: Recent trends. Health and Human Rights Journal.
Molina de Juan, M. F. (2022). La protección jurídica de las personas con discapacidad en la Argentina. Actualidad Jurídica Iberoamericana, 17, 172‑195.
Naciones Unidas. (2006). Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Nueva York.
Organización de Estados Americanos (OEA). (1999). Convención Interamericana sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad.
República Argentina. (2014). Ley 27.044. Ratificación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
República Argentina. (1981). Ley 22.431, Sistema de protección integral de las personas con discapacidad.
ICESCR. (1966). Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, art. 12.
Abogada experta en discapacidad, derechos humanos y salud pública. Doctoranda en Discapacidad – Universidad Favaloro. Funcionaria Judicial